Guerrero, México: Corte Interamericana declara incumplimiento de medidas de reparación en el caso Ecologistas
por Centro Prodh/Cejil
Viernes, 27 de septiembre de 2013 00
Destaca la falta de reforma del Código de Justicia Militar
A casi tres años de la sentencia, pocas diligencias en la investigación
por tortura
El pasado 21 de agosto de 2013, la Corte
Interamericana de Derechos
Humanos (Corte IDH) publicó su primera resolución de
supervisión de cumplimiento en el caso Cabrera García y Montiel Flores
Vs. México,
conocido como el caso de los Campesinos Ecologistas. En la resolución, la Corte
IDH declaró incumplidas varias de las medidas de reparación más trascendentales
ordenadas en su sentencia de noviembre de 2010, en la que la Corte IDH constató
que el Estado mexicano había violado los derechos a la integridad personal,
libertad, protección judicial y otros en perjuicio de Teodoro Cabrera y Rodolfo
Montiel.
De acuerdo con
la Corte IDH el Estado mexicano sigue sin cumplir reparaciones esenciales
ordenadas en su sentencia. Dichas medidas tienen relación con la reparación de
los daños con miras a garantizar que este tipo de violaciones a los derechos humanos no vuelva a
ocurrir.
Al respecto, el
Tribunal Interamericano destacó que todavía no se ha reformado el Código de
Justicia Militar para garantizar que las violaciones a derechos humanos sean
investigadas y juzgadas por autoridades civiles, una reforma ordenada por la
Corte IDH en cuatro sentencias consecutivas contra México. En esta ocasión la
Corte recordó que “el artículo 57 del
Código de Justicia Militar es incompatible con la Convención Americana” y
reiteró la obligación de reformarlo.
Por otra parte,
al cumplirse casi tres años desde la emisión de la sentencia, sigue sin
cumplirse la investigación y sanción de los graves abusos cometidos en contra
de las víctimas. En este sentido, la Corte IDH indicó: “este Tribunal constata que a más de dos
años de haberse iniciado la averiguación previa, se han realizado pocas
diligencias judiciales tendientes a determinar a los presuntos responsables de
los hechos del presente caso”. Ante ello, se “insta al Estado a que realice, dentro de un plazo razonable, las
diligencias pendientes dentro de la averiguación previa”. Cabe recordar que
en este caso está ampliamente documentada la tortura sufrida por las víctimas,
además de que algunos de los responsables se encuentran plenamente
identificados, por lo que a pesar de haber transcurrido 14 años desde los
hechos, están disponibles todos los elementos para que avance la investigación.
Finalmente, la
Corte IDH reiteró la obligación del Estado de modificar sus registros de
personas detenidas para evitar violaciones a derechos humanos. El Tribunal Interamericano
seguirá monitoreando el caso hasta que el Estado mexicano haya dado cabal
cumplimiento a todas las medidas de reparación ordenadas en la sentencia.
Ante esto, el
Centro de Derechos Humanos
Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) y Centro por la Justicia y el Derecho
Internacional (CEJIL), representantes de las víctimas ante la Corte IDH,
exigimos que el Estado mexicano cumpla efectivamente con sus obligaciones
internacionales y consecuentemente con la totalidad de las medidas que fueron ordenadas
por dicho Tribunal.
Información de contacto:
Centro Prodh:
Quetzalcóatl g. Fontanot
Área de comunicación y análisis del Centro
Prodh
Tels. 5546 8217, ext. 110; 5546 6559
(directo); 55 8531 2218 (celular)
Correo electrónico: comunicacion@centroprodh.org.mx
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CEJIL:
Daniela Araya
Oficial de Comunicaciones
Tel. (+506) 2280-7473
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