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VIDEO: LECTURA DEL COMUNICADO ¿DE QUÉ TENEMOS QUE PEDIR PERDÓN?

EZLN: ¿DE QUÉ TENEMOS QUE PEDIR PERDÓN?
(Video)
Prescriben delitos por los que en 1995 se libró orden de aprehensión contra Marcos.
Se acusaba al Subcomandante de terrorismo, sedición, motín, rebelión y conspiración.
Otros miembros del EZLN también se vieron beneficiados.
Pasaron 21 años para esa decisión.
Periódico La Jornada
Miércoles 24 de febrero de 2016, p. 5
El juez federal Juan Marcos Dávila decretó este martes la prescripción de los delitos de terrorismo, sedición, motín, rebelión y conspiración por los que se libró en 1995 una orden de aprehensión en contra del Subcomandante Insurgente Marcos y de otros miembros del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN).
Dávila, titular del juzgado primero de distrito con sede en el estado de Chiapas, decretó el sobreseimiento o desechamiento de la orden de captura girada contra Marcos, por lo que la causa penal 18/1995 fue turnada al archivo. El citado juez estableció que todos los delitos prescribieron el pasado 12 de febrero, 21 años después de que se instruyó la captura de los líderes zapatistas.
En 2001, Marcos participó en una caravana zapatista que recorrió varias entidades del país, hasta llegar a la Ciudad de México. En ese entonces, el gobierno del presidente Vicente Fox Quesada decidió que no se cumplimentaran los mandatos de captura contra los dirigentes zapatistas; sin embargo, las órdenes de aprehensión continuaron vigentes.
También se canceló el mandato de captura que enfrentaba el ex vocero del EZLN por portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, así como por provocación de un ilícito y apología del delito.
Las acusaciones corresponden a una orden de aprehensión girada el 9 de febrero de 1995, dentro de la causa penal 18/1995. En una tarjeta informativa, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) indicó que el delito de mayor penalidad que se atribuía al Subcomandante Marcos y coacusados era terrorismo, cuyo plazo de prescripción venció este mes.
El 9 de febrero de 1995, el gobierno del presidente Ernesto Zedillo Ponce de León, por medio del entonces titular de la Procuraduría General de la República (PGR), Antonio Lozano Gracia, ‘‘identificó’’ en una conferencia de prensa al Subcomandante Marcos como ‘‘Rafael Sebastián Guillén Vicente’’ y dijo que se había pedido una orden de aprehensión contra él y varios líderes zapatistas.
Frente a los medios de comunicación –electrónicos y escritos– Lozano mostró una fotografía que dio la vuelta al mundo, la cual mostraba supuestamente a Marcos sin pasamontañas. Ese mismo día el procurador dio a conocer que el Subcomandante ‘‘también era identificado como Zacarías’’.
A su vez, noticieros de televisión informaron en esa fecha que Marcos ‘‘había estudiado ciencias de la comunicación en el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (en Jalisco)’ y después ‘‘filosofía y letras en la Universidad Nacional Autónoma de México’’.
Esa misma noche, Lozano Gracia anunció el inicio de un operativo policíaco-militar en el municipio chiapaneco de Guadalupe Tepeyac, específicamente en Las Margaritas (principal bastión zapatista), con el fin de aprehender a Marcos. Aunque nunca se logró detener al dirigente del EZLN, las fuerzas federales y la PGR pudieron capturar ese mismo año a Javier Elorriaga Berdegué, comandante Vicente; a Jorge Santiago Santiago, a Sebastián Entzin Gómez y a María Gloria Benavides Guevara, comandante Elisa.
También fueron detenidas ocho personas en Cacalomacán, estado de México, y siete más en Yanga, Veracruz, donde, según las autoridades federales, estaban instaladas ‘‘casas de seguridad desde donde el EZLN planeaba una nueva incursión armada’’. Todos fueron acusados, entre otros delitos, de terrorismo.
Cuatro días antes de esas detenciones, el entonces secretario de Gobernación, Esteban Moctezuma Barragán, se había reunido con Marcos y otros jefes zapatistas y habían pactado un histórico acuerdo de paz, del cual estaba enterado el presidente Ernesto Zedillo. Sin embargo, del mismo gobierno federal vino una contraorden: capturar al subcomandante.
La prescripción está prevista en el Código Penal Federal y es el plazo que tiene un delito para ser perseguido, el cual, una vez que se cumple, deja sin efecto la orden de aprehensión. Este plazo se calcula sumando la pena mínima con la máxima. El terrorismo, que se castiga con penas de 2 a 40 años de prisión, en este expediente da un resultado de 21 años.
El Consejo de la Judicatura Federal concluyó que ‘‘del 9 de febrero de 1995 al 12 de febrero de 2016, ha transcurrido el término que establece la ley para que opere la prescripción de la acción penal que pudiera ejercer la representación social de la federación (PGR), esto es, 21 años’’ contra el Subcomandante Insurgente Marcos.
Los dirigentes del EZLN que se vieron beneficiados con la prescripción de los mencionados delitos son: Javier Elorriaga Berdegué, comandante Vicente; Jorge Santiago Santiago, Sebastián Entzin Gómez, María Gloria Benavides Guevara, comandante Elisa; Filiberto Gómez Díaz, Miguel Gómez Díaz, Carlos Gómez Díaz, Israel Gómez Díaz, Pedro Velazco Pérez, Venancio Hernández Jiménez, Mercedes García López, Antonio López Santís, José Luis Santís Pérez, Mariano Santís Vázquez, Arnulfo Pérez Aguilar y Domingo Pérez Aguilar.

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