El derecho de la Tribu Yaqui a una consulta libre e informada (Video: Los Yaquis contra la serpiente de agua)
Por Heriberto Paredes
13 febrero, 2015
Fotografías de Regina López
El pasado
11 de febrero la Misión Civil de Observación de la Consulta a la Tribu Yaqui
(MCO) presentó su informe a las afueras de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN), principal instancia jurídica en México. El nombre del informe
despeja cualquier duda respecto a los resultados de esta investigación: «Una sentencia fallida. El incumplimiento
del gobierno mexicano de la resolución emitida por la SCJN en el marco de la
consulta a la Tribu Yaqui». Pero para asegurarse que las personas indicadas
tuvieran conocimientos de las graves faltas cometidas por el gobierno de Sonora
y el federal respecto al ejercicio del derecho a la consulta libre, informada y
de buena fe –en este caso para abordar la construcción del Acueducto
Independencia– se llevó a cabo un acto público y el vocero de la Tribu, Tomás
Rojo, entregó los ejemplares correspondientes a los ministros encargados.
A continuación algunos de los datos básicos
que ayudarán a comprender la conclusión expresada por Tomás Rojo respecto a los
esfuerzos jurídicos y en el terreno de la difusión y la movilización social que
ha tenido la Tribu: «Nosotros sólo
queremos que se respete la decisión de nuestro pueblo».
En primer lugar es
preciso recordar que en 2010 el gobierno de Sonora, encabezado por el panista
Guillermo Padrés Elías, impulsa la
licitación y construcción del Acueducto Independencia, obra que
tiene como objetivo central redirigir el agua del río Yaqui hacia Hermosillo,
capital del estado. Con esta acción se beneficiarían empresas como Nestlé,
Heineken y Coca-Cola, así como varios desarrollos inmoviliarios de lujo, no así
la población de esta ciudad y mucho menos los habitantes del territorio yaqui,
quienes desde el gobierno de Lázaro Cárdenas fueron asignados –mediante un
decreto presidencial– como los administradores de este recurso fundamental para
el desarrollo humano.
El proyecto fue sometido
a una Manifestación de Impacto Ambiental ante la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales (SEMARNAT) y en 2011 fue aprobado. Tal y como lo señala el
informe de la MCO, estos hechos sucedieron sin previa consulta a la Tribu, por
lo que, de inicio, se cometió una violación a la legislación nacional e
internacional.
Desde entonces la Tribu
Yaqui ha desplegado diversos recursos y ha librado varias batallas para
defender no sólo su derecho a la consulta bajo los criterios legales
establecidos sino, además, el derecho a la vida y su negativa a la construcción
de una obra que significaría la destrucción de su territorio y la entrega del
agua a empresas que no buscan el bien de la población sino su enriquecimiento.
En este sentido, la Tribu interpuso un amparo, el cual se resolvió a favor y la
Primera Sala de la SCJN confirmó la sentencia
(63/2012) consistente en invalidar la Autorización de Impacto
Ambiental (AIA) y en la obligación de operar debidamente –tal y como lo
marcan los estándares internacionales y la legislación nacional
correspondiente– la consulta a la Tribu Yaqui. Luego de esto la SEMARNAT podrá
obtener una resolución adecuada.
El informe presentado por la MCO es
fundamental para comprender –y evidenciar públicamente– el proceso de consulta
al que pueblos indígenas tienen derecho y las diversas violaciones cometidas
por el gobierno local y el federal. El documento documenta y demuestra que la
consulta previa, informada, libre y de buena fe no se ha llevado a cabo de
ninguna manera, además subraya que existe una amplia violación a los derechos
humanos de la Tribu Yaqui, mismas que se motivan a través de campañas de
criminalización y de discriminación étnica.
Finalmente, el informe concluye con 4
recomendaciones al gobierno mexicano:
1. Garantizar la consulta libre respetando la
autonomía de la Tribu, dejando en libertad a Mario Luna y Fernando Jiménez y
poniendo fin a la criminalización contra los yaquis.
2. Garantizar una consulta de buena fe
suspendiendo la operación del Acueducto Independencia que ocasiona un daño
irreparable a la Tribu limitando un diálogo sincero entre las partes.
3. Garantizar una consulta informada,
entregando los puntos faltantes solicitados por la Tribu Yaqui como el peritaje
antropológico.
4. Garantizar el derecho al consentimiento,
respetando la decisión de la Tribu frente a la operación del Acueducto, la cual
debe tener carácter vinculante para el Ejecutivo federal.
Las fotografías que acompañan esta publicación fueron parte de un registro
específico realizado en el marco de la MCO y muestran aspectos del río Yaqui y
de su paulatina afectación por las obras del Acueducto Independencia.
Para
descargar el informe completo de la MCO haz clik aquí.
COMUNICADO: Misión Civil de Observación presenta informe actualizado sobre
proceso de consulta a la Tribu Yaqui frente al Acueducto Independencia
México,
D.F. a 11 de febrero del 2015
El Gobierno mexicano ha incumplido la resolución emitida por la SCJN en
el marco de la consulta a la Tribu Yaqui.
Con el fin
de documentar el proceso de consulta del Acueducto Independencia y señalar el
nivel de cumplimiento de los criterios establecidos para que ésta sea de manera
previa, libre, informada y de buena fe, la Misión Civil de Observación (MCO)
presenta un informe actualizado sobre este proceso.
El 8 de mayo de 2014, la MCO publicó un informe preliminar en el que señaló
un conjunto de irregularidades en el proceso de consulta a la Tribu y emitió
recomendaciones al gobierno mexicano para cumplir adecuadamente con los
principios del derecho a la consulta. Todo ello en el marco de la ejecución de
la sentencia emitida por la SCJN (631/2012) la cual obliga por primera vez en
la historia del país a la Semarnat a realizar una consulta a pueblos indígenas.
Dicho informe demuestra graves violaciones a los derechos humanos de la
Tribu Yaqui como el derecho a la consulta previa por la construcción,
autorización y operación del Acueducto Independencia sin tomar en cuenta la
decisión de los yaquis. Asimismo, la consulta informada ha sido vulnerada por
la falta de información, claridad y contradicciones. El principio de que la
consulta debe ser libre ha sido igualmente violado por la criminalización hacia
miembros de la Tribu y por constantes ataques físicos y hostigamientos
judiciales. Por último, la consulta no ha sido de buena fe ya que existen
mensajes discriminatorios y racistas hacia ellos, lo que limita un diálogo
honesto entre los yaquis y el Estado mexicano.
Además, existen violaciones graves a los derechos civiles y políticos así
como de sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, pues
limitan el acceso a recursos como el agua, salud, alimentación, desarrollo,
territorio y goce de sus recursos naturales; además de atentar contra su
cultura.
Cabe señalar que no se ha cumplido la sentencia de la SCJN pues aún no
concluye el proceso de consulta y aún falta información relevante tal como los
documentos donde precise si existe afectación o no a los derechos de los yaquis
provocados por el Acueducto y la entrega de un peritaje antropológico que ha
solicitado la Tribu Yaqui. Lo cual impide la continuación y la decisión sobre
la operación del Acueducto Independencia.
Ante esta situación, en solidaridad hacia la Tribu Yaqui los representantes
de la sociedad civil integrantes de la Misión Civil de Observación de la
Consulta a la Tribu Yaqui presentan ante la SCJN el informe actualizado sobre
el monitoreo y documentación del proceso de consulta de la Tribu Yaqui, con
conclusiones y recomendaciones al Estado mexicano tales como:
1. Garantizar la consulta libre respetando la autonomía de la Tribu, dejando
en libertad a Mario Luna y Fernando Jiménez y poniendo fin a la criminalización
contra los yaquis.
2. Garantizar una consulta de buena fe suspendiendo la operación del
Acueducto Independencia que ocasiona un daño irreparable a la Tribu limitando
un diálogo sincero entre las partes.
3. Garantizar una consulta informada, entregando los puntos faltantes solicitados
por la Tribu Yaqui como el peritaje antropológico.
4. Garantizar el derecho al consentimiento, respetando la decisión de la
Tribu frente a la operación del Acueducto, la cual debe tener carácter
vinculante para el Ejecutivo Federal.
Desde la Misión estaremos observando de cerca el puntual cumplimiento de la
sentencia para garantizar los derechos colectivos de la Tribu Yaqui.
Misión
Civil de Observación de la Consulta a la Tribu Yaqui:
Centro de Derechos Humanos Miguel
Agustín Pro Juárez-Centro Prodh, Centro de Estudios Sociales y Culturales
Antonio de Montesinos – CAM, Centro de Investigación y Promoción Social –
CIPROSOC, Centro de Reflexión y Acción Laboral de Fomento Cultural y Educativo
– CEREAL, Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos –
CMDPDH, Consultoría Especializada en Justiciabilidad de los DESC – CEJUDESC,
DECA Equipo Pueblo, Defensoras voluntarias de Espacio DESC, Espacio de
Coordinación de Organizaciones Civiles sobre Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, Food First Information and Action Network México – FIAN Sección
México, FUNDAR Centro de análisis e investigación, A.C., Instituto de Derechos
Humanos Ignacio Ellacuría, SJ – IDHIE, Instituto Mexicano para el Desarrollo
Comunitario – IMDEC, Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos –
LIMEDDH, Movimiento de Pueblos, Comunidades y Organizaciones Indígenas del DF,
Programa de interculturalidad y asuntos indígenas de la Universidad
Iberoamericana, Oficina Regional para América Latina y el Caribe de la
Coalición Internacional para el Hábitat – HIC AL, Proyecto de derecho a la
consulta del Instituto de Investigaciones jurídicas PAPIIT, IN302311 de
la Universidad Nacional Autónoma de México, Radar-Colectivo de Estudios
Críticos en Derecho (Distrito Federal), SERAPAZ Servicios y Asesoría para la
Paz, A.C., Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todos y Todas”
(Conformada por 74 organizaciones de derechos humanos de 20 estados del país).
DESCARGA EL INFORME: Informe de la MCO “Una Sentencia Fallida”
Informe
completo de la Misión Civil de Observación de la Consulta a la Tribu Yaqui: “Una sentencia fallida” / Febrero 2015
El informe tiene como fin documentar el
proceso de consulta a la Tribu Yaqui y determinar si se cumple con los
principios de consulta previa, libre e informada y la buena fe, que son
criterios establecidos en la sentencia de la SCJN y en la legislación
nacional e internacional.
Al final del presente
informe, se establecen una serie de conclusiones y recomendaciones para el
gobierno mexicano encaminadas a que se garantice el derecho de la Tribu
Yaqui a una consulta apropiada y a que se cumpla con la resolución de la
SCJN y los estándares internacionales.
Descarga el informe
completo: Informe de la MCO Consulta Yaqui
Los Yaquis contra la serpiente
de agua. 1. La razón histórica
Publicado el 10/10/2014
Presentamos
a continuación una serie de cuatro videos, la intención es que se difundan y
miren con la mayor facilidad posible. Cada video aborda un ámbito de la lucha
de la Tribu Yaqui y todos ellos se enmarcan en la jornada de lucha convocada
para este 10 de octubre por el pueblo yaqui. Anunciamos que en fechas próximas
habrá presentaciones en vivo, pero de cualquier forma invitamos a que se
apropien del video, lo descarguen y lo difundan en la mayor cantidad de
rincones del mundo posible. También estamos trabajando en los subtítulos en
otros idiomas.
Agradecemos a todos los que posibilitaron estos videos
y expresamos que sin el ejemplo de entereza de la Tribu Yaqui no habría sido
posible este trabajo, ellos con su historia y su fortaleza son los protagonistas
de este trabajo.
Los
Yaquis contra la serpiente de agua. 2. La razón jurídica
Agencia
SubVersiones
Publicado
el 10/10/2014
Los Yaquis contra la serpiente
de agua. 3. Las razones económicas y políticas
Publicado
el 10/10/2014
Los Yaquis contra la serpiente
de agua. 4. La represión
Publicado el 10/10/2014
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